Al vender su Propiedad Cedida, es posible que desee agregar el siguiente lenguaje de Cláusula de Cooperación al contrato:
“En el caso de que el Vendedor así lo elija, el Comprador acepta cooperar con el Vendedor en la realización de un intercambio diferido de impuestos bajo la Sección 1031 del Código de impuestos internos según lo enmendado. El Vendedor tendrá derecho a elegir este intercambio diferido de impuestos en cualquier momento antes de la fecha de cierre y a ceder este contrato en relación con dicho intercambio diferido de impuestos”.
Si su contrato no incluye esta Cláusula de cooperación, el contrato puede modificarse al cierre, siempre que el comprador no se oponga. Este no es un requisito ni una necesidad para participar en un intercambio 1031, pero protegerá al Vendedor (Comprador en la otra sección) en caso de que el Vendedor (Comprador en la otra sección) elija participar en un intercambio 1031.
Al comprar su Propiedad de Reemplazo, es posible que desee agregar el siguiente lenguaje de Cláusula de cooperación a su contrato:
“En el caso de que el Comprador así lo elija, el Vendedor acuerda cooperar con Este en la realización de un intercambio diferido de impuestos bajo la Sección 1031 del Código de impuestos internos según lo enmendado. El Comprador tendrá derecho a elegir este intercambio diferido de impuestos en cualquier momento antes de la fecha de cierre y a ceder este contrato en relación con dicho intercambio diferido de impuestos”.
Si su contrato no incluye esta Cláusula de cooperación, el contrato puede modificarse al cierre, siempre que el Vendedor no se oponga. Este no es un requisito ni una necesidad para participar en un intercambio 1031, pero protegerá al Vendedor (Comprador en la otra sección) en caso de que el Vendedor (Comprador en la otra sección) elija participar en un intercambio 1031.
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